En fallo unánime (causa rol 241-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Cristina Araya Pastene y el fiscal judicial Rodrigo Padilla Buzada– rechazó el recurso de nulidad presentado por la empresa y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, que acogió la denuncia realizada por la Inspección Provincial del Trabajo, tras establecer que Ripley incurrió en prácticas que lesiona la libertad sindical de los trabajadores, por lo que ordenó a la empresa abstenerse en el futuro, de “acciones que afecten a las bases de la organización sindical y el ejercicio de la negociación colectiva y huelga”.
Además, la empresa deberá implementar charlas de difusión relativas a la libertad sindical, dirigidas a la totalidad de los trabajadores en un plazo de 30 días, una vez que el fallo quede ejecutoriado.
“(…) la denunciada ejecutó acciones que atentaron contra la libertad sindical; ergo, en concepto del tribunal, con la prueba rendida por RIPLEY STORE LIMITADA no logró explicar los fundamentos de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad”, sostiene el fallo.