Septiembre 21, 2024

Ministra Cifuentes acusa a carabineros (R) por secuestros calificados en La Granja

La ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó acusación en la investigación por el secuestro calificado de Enrique Hernán Arce González, Luis Alberto Sánchez Mejías, Juan Miguel Córdova Yáñez, Florentino del Carmen Espinoza Medel, Carlos Julio Salfate Salfate, Patricio Santander Alfaro, Julio Valenzuela Valenzuela y Carlos Eduardo Zuloaga Orellana, cometidos a partir del 7 de octubre de 1973, en la comuna de La Granja.

 

 

En la resolución (causa rol N° 30-2009 F), la ministra Cifuentes responsabilizó como autores del delito a Héctor Fernando Osses Yañez y Aquiles Bustamante Oliva, carabineros de la Subcomisaria de La Granja.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:

a) Que el día 7 de octubre de 1973, en horas de la mañana, en el marco de un operativo realizado por efectivos del Ejército de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y de Carabineros de Chile al interior de la población San Gregorio, comuna de La Granja, fueron detenidos, sin derecho, entre otros, Enrique Hernán Arce González, Juan Miguel Córdova Yáñez, Florentino del Carmen Espinoza Medel, Carlos Julio Salfate Salfate, Luis Alberto Sánchez Mejías, Patricio Santander Alfaro, Julio Valenzuela Valenzuela y Carlos Eduardo Zuloaga Orellana, quienes, tras permanecer por un tiempo junto a otros pobladores en una cancha del sector, fueron segregados y trasladados a la Subcomisaría de La Granja, unidad policial que, en esa época, se encontraba a cargo del capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del teniente Aquiles Bustamante Oliva.

b) Que, en horas de la noche, los detenidos fueron sacados de la unidad policial y ejecutados en el sector de Lo Espejo y de La Florida por funcionarios de carabineros, siendo encontrados los cuerpos de algunos de ellos a las 23:00 horas y, de otros, en horas de la madrugada del día siguiente, con múltiples heridas de bala.

Ver resolución (PDF)

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