La ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó procesamiento en la investigación por el secuestro calificado de Manuel Silva Carreño, cometido a partir del 29 de noviembre de 1973 en la comuna de Paine.
En la resolución (causa rol N°04-02 O), la ministra Cifuentes responsabilizó como autor del delito a Nelsón Iván Bravo Espinoza.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:
a) Que, el día 29 de noviembre de 1973, en horas de la tarde, funcionarios de Carabineros de la Subcomisaria de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, detuvieron, sin derecho, a Manuel Silva Carreño en su domicilio, ubicado en Avda. 18 de septiembre N° 1530, de la comuna de Paine.
b) Que, minutos más tarde, los mismos funcionarios policiales detuvieron, sin derecho, a Ángel Daniel Navarro Gonzalez en el asentamiento “Arco Iris” de Paine.
c) Que ambos detenidos fueron trasladados hasta la Subcomisaria de dicha localidad, donde permanecieron un par de horas, tiempo en el que se les sometió a interrogatorio.
d) Que, posteriormente, tras un breve paso por la Comisaria de Buin, igualmente a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, los detenidos fueron llevados hasta el Cuartel N° 2 de la Escuela de Infantería de San Bernardo, ubicado al interior del cerro Chena, lugar en el que funcionarios del Ejercito de Chile dispararon en su contra, sobreviviendo Ángel Daniel Navarro Gonzalez, y falleciendo Manuel Silva Carreño, desconociéndose el destino de su cadáver.