Destacando lo significativo que este proyecto es para la democratización de las regiones, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles, con 96 votos a favor y 13 abstenciones, la propuesta de la Comisión Mixta, relativa al proyecto que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.
Con ello, se dio el último paso en la tramitación de la iniciativa en el Congreso y será remitido ahora para sus trámites de promulgación. Sin embargo, la elección de los gobernadores regionales no comenzará a operar hasta que no se despache y entre en vigencia un segundo proyecto de ley, actualmente en la Comisión de Gobierno del Senado, que traspasa competencias a los gobiernos regionales.
Nuevos gobiernos locales
Tal como fue despachado, el proyecto crea la figura del gobernador regional, elegido por votación directa por la ciudadanía, para un periodo de cuatro años y una reelección para el periodo siguiente, con más de un 40% de los votos. Adicionalmente, el Presidente de la República designará delegados presidenciales regionales y provinciales. Todas estas autoridades podrán ser acusadas constitucionalmente, pero en el caso de los gobernadores regionales, al tratarse de una figura de representación popular, tal como en el caso del Primer Mandatario, la declaración de culpabilidad, si procede la acusación constitucional, deberá ser aprobada por un quórum más alto, de 2/3 de los senadores.
El texto establece que la administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región. El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional.
El gobernador regional presidirá el consejo y ejercerá las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.
Dentro de las inhabilidades que esta reforma establece, se señala que ni el gobernador regional ni los delegados presidenciales podrán ser candidatos a parlamentarios.
En tanto, el gobernador regional será fiscalizado por el Consejo Regional, que podrá ejercer esta atribución con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes
El proyecto, además, establece incompatibilidades entre el cargo de gobernador regional y cualquier otra función pública, salvo la docencia, y el fueron de esta nueva autoridad.
Delegados presidenciales regionales y provinciales
El Presidente de la República designará en cada región un delegado presidencial, encargado de la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio. Similares funciones tendrá el delegado presidencial provincial, a nivel de cada provincia.