La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de protección interpuesto por la Universidad Central en contra de la decisión del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (Cruch), que excluyó al plantel del sistema de selección de estudiantes universitarios, denominado Sistema Único de Admisión (SUA). En fallo unánime la Cuarta Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la decisión adoptada por el Consejo de Rectores que no aceptó a la universidad privada, por no cumplir los requisitos para acceder al SUA.
“Que acorde con la normativa legal citada precedentemente puede concluirse que la recurrente para los efectos de obtener a su favor inclusión en el sistema único de admisión universitario, debía cumplir determinados requisitos previos, como es haber sido acreditada como tal, y además, que tal acreditación lo fuera por un mínimo cuatro años, sin embargo, al no cumplir con el tiempo exigido, la decisión de la recurrida se ajusta a derecho, y el acuerdo impugnado fue tomado dentro de las atribuciones y facultades que otorga la Ley, no cabe entonces sea calificada de ilegal”, sostiene el fallo.
Resolución que agrega: “En relación a la arbitrariedad que se imputa a lo decidido, ya se vio que encuentra su base en el marco regulatoria legal y la exigencia de un mínimo de años de acreditación está orientada a garantizar la calidad de las instituciones de educación superior adscritas al sistema único de postulación. No existe así en perjuicio de la universidad recurrente un acto arbitrario, ya que no se configuran los presupuestos exigibles al efecto, el requisito que se exige a la recurrente se encuentra contemplado en la Ley 20.120, a más que se trata de un acto motivado atendida la naturaleza de la Universidad Central, privada”.