La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó a tres ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores del delito de aplicación de tormentos a seis prisioneras políticas, ilícitos perpetrados en el centro de detención clandestino de José Domingo Cañas. En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada condenó al agente Miguel Krassnoff Martchenko a la pena de 7 años de presidio como autor del delito de aplicación de tormentos.
Además, los agentes Francisco Ferrer Lima y Basclay Zapata Reyes deberán purgar 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en las torturas aplicadas a las prisioneras: Gloria Laso Lezaeta, Viviana Uribe Tamblay, Mónica Uribe Tamblay, María Virginia Hernández Croquevielle, Amanda de Negri Quintana y María Reyes Noriega, quienes fueron sometidas a vejámenes en distintos periodos, durante 1974.
En la etapa de investigación, el ministro en visita Leopoldo Llanos logró determinar los siguientes hechos:
“Que José Domingo Cañas N° 1367, comuna de Ñuñoa, era un recinto de detención y tortura clandestino que funcionó desde fines de agosto hasta noviembre de 1974; fue un local de transición usado desde el fin del funcionamiento del cuartel de Londres 38 y hasta comienzos del acondicionamiento de “Villa Grimaldi”. Era una casa de un piso, con jardín en la entrada y rodeado de una reja; en el costado derecho había un garaje y en el interior un patio. Allí se mantenía gran cantidad de detenidos a los que se interrogaba y torturaba ininterrumpidamente; estaban vendados, amarrados o encadenados, privados de alimentos de agua y sueño. Se practicaban interrogatorios a los detenidos, los que consistían en aplicación de electricidad en diferentes partes del cuerpo, con la técnica de “la parrilla”, entre otros. Se les mantenía en una pieza común relativamente amplia y en un lugar denominado “El hoyo” que llegó a tener más de diez detenidos en condiciones de extremo hacimiento, sin ventanas ni ventilación. Entre los detenidos sometidos a torturas se encontraban Gloria Silvia Laso Lezaeta, detenida el 5 de septiembre de 1974, Viviana Elena Uribe Tamblay y Mónica Isabel Uribe Tamblay, detenidas entre el 19 y 29 de septiembre de 1974, María Virginia Hernández Croquevielle, detenida el 3 de septiembre de 1974, Amanda Liliana de Negri Quintana, detenida el 9 de octubre de 1974, y María Reyes Noriega, detenida el 17 de septiembre de 1974″.
En el aspecto civil, el tribunal de alzada confirmó la sentencia que condena al Estado de Chile pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a cada una de las víctimas, por concepto de daño moral.