Noviembre 20, 2024

Procesan a implicados en el caso Milicogate por fraudes a la Ley Reservada del Cobre

El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago Omar Astudillo Contreras, dictó el 5 de febrero pasado,  autos de procesamiento en la investigación  que instruye por fraude al fisco con recursos de la ley reservada del cobre respecto de los pagos realizados a los proveedores “Tecnometal” y “Frasim” por supuestos servicios prestados al Ejército de Chile. 

 

 

En las resoluciones, el  ministro Astudillo  sometió a proceso a Juan Carlos Cruz Valverde y   Liliana Francisca Villagrán Vásquez (en la investigación relativa a los proveedores Tecnometal y Frasim) y  Clovis Alejandro Montero Barra (en la investigación relativa al proveedor Frasim) como autores de delitos reiterados de fraude al Fisco y  falsedad documental, ordenando además la prisión preventiva de Villagrán Vásquez.

 

De acuerdo a los antecedentes  recopilados en la etapa de la investigación en relación a las facturas emitidas por Tecnometal, el ministro en visita dio por establecido que:

 

1) “En distintas ocasiones , entre los meses de septiembre de 2011 y diciembre de 2013, Pedro Salinas Reyes o “Tecnometal” presentó a cobro al Ejército de Chile un total de 233 facturas por un monto total de $1.389.608.049 ;

 

2) Para hacer efectivo el pago de esas facturas, terceras personas forjaban la documentación de respaldo, falseando las firmas de las jefaturas generándose de esa manera una apariencia de realidad y verdad;

 

3) Las facturas eran ingresadas generalmente por mano, es decir, sin oficios conductores, al Departamento de Planificación Financiera (DPAF), unidad dependiente del Comando de Apoyo a la  Fuerza (CAF), donde  las recibían  determinados “dactilógrafos” o “ejecutivos de cuentas”, quienes , en la práctica eran los encargados  de definir el Decreto Supremo ( los recursos financieros asociados al mismo) al cual se imputaba el gasto por supuesto servicio o adquisición efectuada al proveedor y , además, de cursar tramitación de las facturas respectivas, para su remisión a Tesorería del Ejército a los fines del pago efectivo de su valor;

 

4) Luego que Tesorería transfería los fondos a la cuenta corriente del proveedor, en pago de facturas falsas, este  procedía a retirar de inmediato y siempre en efectivo una parte de esos dineros;

 

5) Con este modo de operar se logró que, con cargo a dineros de la denominada “Ley Reservada del Cobre”, el Ejército de Chile pagara un total de $1.389.608.049 por servicios o adquisiciones inexistentes, carentes de realidad y respaldo”.

 

En cuanto a los hechos investigados  respecto de Frasim, el magistrado Astudillo logró acreditar que: 

 

1) “Entre los meses de octubre de 2011 y diciembre de 2013, un Coronel del Ejército de Chile, solicitó y obtuvo la entrega de 161 facturas por parte del Francisco Huincahue Necuñir-FRASIM, a la sazón proveedor del Ejército de Chile;

 

2) Conforme  lo acredita el informe evacuado por la Comandancia General de la Guarnición del Ejército, Región Metropolitana, esa repartición o unidad del Ejército de Chile nunca efectuó compras o adquisiciones al proveedor “Francisco Huincahue Necuñir-FRASIM”, en los años 2011, 2012, 2013 y 2014;

 

3) Las facturas ideológicamente falsas y su pretendida documentación de respaldo, materialmente falsificada, era ingresada, generalmente por mano, es decir sin oficios conductores, al departamento de Planificación Financiera (DPAF), unidad dependiente del Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF), donde las recibían determinados “dactilógrafos” o “ejecutivos de cuentas”, quienes, en la práctica, eran los encargados de definir el Decreto Supremo ( los recursos financieros asociados al mismo) al cual se imputada el gasto por el supuesto servicio o adquisición efectuada al proveedor y, además, de cursar la tramitación de las facturas respectivas, para su remisión a Tesorería del Ejército a los fines del pago efectivo de su valor;

 

4) Luego que la Tesorería transfería los fondos a la cuenta corriente del proveedor, en pago de las facturas falsas, este  procedía a retirar de inmediato una parte de esos dineros. En términos globales, el proveedor se reservaba para sí el valor del IVA de lo facturado más un 15% del valor neto de la factura, mientras que el resto de los dineros eran entregados , en efectivo o ” en billetes” al Coronel del Ejército antes aludido;

 

5) Con este modo de operar se logró que, con cargo a dineros de la denominada “Ley Reservada del Cobre”, el Ejército de Chile pagara un total de $981.955.590 por servicios o adquisiciones inexistentes, carentes de toda realidad y respaldo”. 

 

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