La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección de garantías constitucionales presentado por afiliada en contra de la isapre Cruz Blanca, institución que eliminó injustificadamente de la canasta GES el medicamento “Janumet 50/100”, que requiere la demandante para tratar la diabetes tipo II que padece.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió con costas el recurso, ordenando a la institución de salud previsional bonificar conforme a las Garantías Explícitas de Salud (GES) el medicamento u otro con una composición bioequivalente, por tratarse de un fármaco necesario para el tratamiento de la diabetes tipo II, “en las mismas condiciones que tenía hasta antes de la eliminación unilateral reconocida por la recurrida”, Luisa Miguelina Meneses Muñoz.
Asimismo, la sentencia establece que la isapre deberá reembolsar a Meneses Muñoz todos los gastos adicionales en que haya incurrido por la no bonificación del medicamento en el lapso comprendido entre la eliminación de la cobertura y la fecha en que la recurrida cumpla con lo ordenado.
La resolución del tribunal de alzada establece que la isapre incurrió en un acto que no sólo atenta contra los derechos constitucionales invocados por la parte recurrente, sino también “contra el derecho a la vida, pues su decisión de eliminar el beneficio respecto del medicamento en cuestión, lo priva del acceso al mismo, lo que no es plausible puesto que éste forma parte de su tratamiento contra la diabetes tipo II, lo que significa alterar y modificar el tratamiento, implicando con ello una disminución en la calidad de vida del recurrente”.