Noviembre 20, 2024

Realidades en la defensa de los consumidores

En ningún sector económico se nota  tan fuertemente la rivalidad entre la burocracia estatal y  la sociedad civil, como en la defensa de los consumidores.

 

 

Efectivamente en el proyecto  que mejora la Defensa de la Libre Competencia ya aprobado por la Cámara de Diputados ,  se establece  que en los procesos de fusiones de empresas  que alteren la concentración económica , la Fiscalía Nacional Económica (FNE) es la única a decidir si procede o no.

La experiencia en la fusión de las líneas aéreas LAN y TAM de hace ya unos años, demostró que  esa Fiscalía puede ser muy benevolente para  apreciar los efectos en el mercado y la competencia.

Lo mismo sucede en el propio Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), donde  su presidente y una mayoría de los ministros opinan que las Asociaciones de Consumidores no tienen interés legítimo para intervenir como afectadas en los procesos de colusión y/o fusiones que  debe analizar ese tribunal. No es sorprendente que su presidente haya debido auto inhabilitarse por ser asesor de una productora de papel que se está iniciando en el mercado.

Está en consideración del Senado la revisión del proyecto que refuerza el SERNAC en tamaño y en atribuciones .Hasta ahora es en la defensa de los consumidores , la única área  de la economía de mercado vigente, en que se encuentra una competencia  pareja de atribuciones entre el organismo del Estado , el SERNAC, y las Asociaciones de Consumidores. Éstas pueden ejercer las mismas iniciativas legales que el órgano del Estado y otras más en que el Sernac se inhibe.  Tal vez por eso, en el proyecto de ley  que refuerza al SERNAC se han introducido, una tras otras iniciativas, para eliminar esa competencia. Algunas de ellas han sido desactivadas, pero varios aún están en el texto .Es por lo menos curioso que las organizaciones empresariales  no toman partido en esa rivalidad. Ellas aparentemente tratan de intervenir haciendo aportes directos a ciertas asociaciones de consumidores para controlarlas y lo hacen a través del llamado Programa de Responsabilidad Social Empresarial.

El Ministerio de Economía  en el proyecto de ley ha introducido la modalidad de “mediación colectiva” que en la práctica concede  una oportunidad a las empresas infractoras de la ley para aceptar una mediación sin tener que enfrentar una demanda colectiva como hasta ahora. Para ello les otorga hasta seis meses de plazo para estudiar su conveniencia, plazo en el cual no se podrá  iniciar una demanda colectiva.

La experiencia de la Asociación de Consumidores, CONADECUS, es que las empresas  se toman todos los plazos legales del actual sistema procesal para dilatar las sentencias y no devolver lo que se ha cobrado abusivamente a los consumidores. Ésta propuesta les concederá seis meses adicionales. En la demanda  por cobros abusivos del Banco Estado, la devolución de los cobros  tomó 8 años, y su devolución todavía no se completa .En la ley actual, el juez que lleva  una demanda colectiva, puede ofrecer una conciliación a las partes en cualquiera etapa de la demanda. ¿Por qué plantearla antes de iniciar el proceso judicial?

Existe una conocida firma de abogados que se ha especializado en  tomar la defensa de las empresas infractoras de la ley del consumidor. Por acuerdo de Asambleas y del Directorio de CONADECUS, toda conciliación debe hacerse ante el tribunal correspondiente e incluir una indemnización a los consumidores por el daño material sufrido, La experiencia ha mostrado que según una pauta ya conocida, los abogados defensores reciben instrucciones de alargar al máximo  sentencia definitiva  y además disminuir por cualquier medio la devolución de lo cobrado ilegalmente .Los contratos  por prestar estos servicios legales , son privados , pero alcanzan hasta 200 dólares por hora de trabajo. Se produce así una tormenta perfecta en que los consumidores afectados  pagan las consecuencias y las demoras de años.

¿Será esa  la modalidad elegida por las empresas  que se coludieron por años para alterar los precios de la carne de pollo y sus derivados? Esas empresas están ya castigadas por una sentencia de la Corte Suprema  y el daño a los consumidores está probado. Lo que debiera seguir es una rápida conciliación en la demanda colectiva y proceder a devolver a cada familia, el dinero que se les extrajo durante tantos años.

En el otro caso emblemático, la colusión en los precios del papel higiénico y las servilletas, entre la CMPC y SCA, Conadecus ha presentado una demanda colectiva  y también solicita una pronta devolución de lo cobrado  en exceso. Paralelamente y sin ningún respaldo legal, el SERNAC ha ofrecido una “mediación colectiva” a la CMPC. Si estuviera aprobado el proyecto de ley en tramitación esa iniciativa del Sernac, paralizaría por 6 meses la posible  demanda colectiva. Así las cosas y ya presentada la demanda de Conadecus, lo que se acuerde en la “mediación”  deberá ser ratificado ante el juzgado que lleva la causa.

Entre ambas grandes demandas colectivas en que el demandante es CONADECUS , las sumas a devolver a los consumidores , llegan aproximadamente a US$1.000 millones .Una suma no despreciable para los hogares chilenos.

 

15 de Diciembre 2015

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *