Diciembre 8, 2024

Corte Suprema condena a siete uniformados por el denominado episodio Antofagasta del caso “Caravana de la Muerte”

La Corte Suprema dictó sentencia condenatoria en contra de siete oficiales en retiro del Ejército, por su responsabilidad –como autores, cómplices o encubridores– en 14 delitos de homicidio calificado, perpetrados el 18 de octubre de 1973, en Antofagasta.

 

 

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Carlos Aránguiz– acogió el recurso de casación solo respecto a la absolución del acusado Pablo Martínez Latorre, dictando sentencia de reemplazo de 5 años de presidio efectivo, como cómplice de los delitos.

En lo demás, se confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago por los ilícitos perpetrados por la denominada “Caravana de la muerte”, en su paso por Antofagasta. Comitiva militar responsable de los homicidios calificados de: Luis Eduardo Alaniz Álvarez, Dinator Segundo Ávila Rocco, Mario del Carmen Arqueros Silva, Guillermo Nelson Cuello Álvarez, Segundo Norton Flores Antivilo, José Boeslindo García Berríos, Mario Armando Darío Godoy Mansilla, Miguel Hernán Manríquez Díaz, Danilo Daniel Alberto Moreno Acevedo, Washington Redomil Muñoz Donoso, Eugenio Ruiz-Tagle Orrego, Héctor Mario Silva Iriarte, Alexis Alberto Valenzuela Flores y Marco Felipe de la Vega Rivera.

El máximo tribunal condenó a los ex oficiales Sergio Arredondo González, Juan Chiminelli Fullerton, Patricio Ferrer Ducaud y Pedro Espinoza Bravo a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los 14 homicidios. En tanto, Pablo Martínez Latorre fue condenado a 5 años de presidio por su responsabilidad como cómplice en los delitos. Los ex uniformados, Luis Polanco Gallardo y Emilio de la Mahotiere González deberán purgar 3 años y un día de presidio como encubridores. Todas las penas son de cumplimento efectivo atendida la gravedad de los hechos.

Asimismo, el máximo tribunal ratificó la absolución de Gonzalo Santelices Cuevas por falta de participación y el sobreseimiento por demencia de Sergio Arellano Stark.

 

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