Noviembre 20, 2024

Denuncian que Bachelet ignoró recomendaciones sobre TPP formuladas por expertos en Derechos Humanos de la ONU

En los meses finales de negociación del Tratado Transpacífico TPP, un grupo de relatores de Naciones Unidas, entre otros quienes cautelan los derechos a la Alimentación y los de Pueblos Indígenas, formuló críticas sobre los alcances del Tratado en relación a los derechos humanos y pidió enmendar rumbos.  Luego del anuncio de la Presidenta Michelle Bachelet  sobre la adscripción al Tratado, 50 organizaciones chilenas solicitaron la intervención de estos expertos para que el Estado chileno no lo ratifique.

 

 

 

Esa petición entregada en Ginebra el 13 de noviembre por la Red de Acción en Plaguicidas RAP-Chile, detalla las transgresiones a los derechos humanos contenidas en el tratado, y ahora está recibiendo masiva adhesión a través de Avaaz  https://secure.avaaz.org/es/petition/Relatores_NU_Baskut_Tunkat_Victoria_TauliCorpuz_HElver_Alfred_de_Zayas_Que_Naciones_Unidas_solicite_a_la_Presidenta_Bach/?fUlOmbb

 

En la víspera del Día Internacional de los Derechos Humanos, es relevante citar la declaración de junio de los relatores y expertos  con las recomendaciones y prevenciones que el Estado de Chile hasta ahora ha escogido ignorar. Ello  confirma los aspectos negativos del Tratado para la vigencia de los derechos sociales, culturales, económicos y políticos que el Estado se ha comprometido a respetar.  Particularmente importante son las consecuencias del TPP respecto del derecho a la salud,  por la expansión del plazo de patentes para los medicamentos genéricos, y la privatización de la semilla a través de la obligación de ratificación del  convenio UPOV 91, la versión internacional de la llamada “Ley Monsanto”  que había abortado por la presión social. Asimismo, la criminalización de las descargas digitales libres es privatización del conocimiento y daño a la privacidad. Los impactos son graves en relación a la soberanía y la posibilidad de generar nuevas leyes y políticas públicas dada la posibilidad de que el Estado de Chile sea llevado a sistemas de tribunales internacionales (capítulo de solución de controversias)  en los que como ya señaló el Premio Nóbel Joseph Stiglitz en entrevista publicada por El Mercurio, nuestro país no tiene posibilidades reales de ganar la demanda. Los relatores agregan que aunque los inversionistas pueden demandar al Estado chileno, NO se puede hacer lo contrario, es decir los estados parte del TPP no pueden demandar a los inversionistas. Es un ejemplo claro de a quiénes benefician estos tratados.

Aquí la declaración de los relatores:

Ginebra 2 Junio de 2015 – Se está negociando varios acuerdos de libre comercio e inversión, tales como el Tratado Transpacífico (TPP) y el Acuerdo de Comercio e Inversión (TTIP).

Un grupo de expertos* de Naciones Unidas han dado a conocer la siguiente declaración para expresar su preocupación sobre el secretismo de la discusión y negociación de muchos de estos acuerdos y los impactos potencialmente adversos de estos acuerdos en los derechos humanos:

“Aunque los tratados de comercio e inversión pueden crear nuevas oportunidades para la economía, llamamos la atención sobre el impacto potencial negativo que estos tratados y acuerdos pueden tener en el goce de los derechos humanos (ya sea civiles, culturales, económicos, políticos o sociales) como está establecido en los instrumentos legalmente vinculantes. Nuestras preocupaciones se relacionan con los derechos a la vida, a la alimentación, al agua y la sanidad, a la vivienda,  a una educación, ciencia y cultura, el mejoramiento de los estándares laborales,  una justicia independiente, un ambiente limpio y el derecho a no ser sometido a un desplazamiento forzoso. 

Como también se subraya en los Principios Guías para Negocios y Derechos Humanos, los estados deben asegurar que los acuerdos comerciales y de inversión no afecten su capacidad de cumplir sus obligaciones en derechos humanos (Principio Guía N 9).

Protección de la salud y alimentación

A los observadores les preocupa que estos tratados y acuerdos puedan tener ciertos efectos regresivos en la protección y promoción de los derechos humanos, al bajar el umbral de la protección de la salud, de la seguridad alimentaria y los estándares laborales, cautelando los intereses comerciales de los monopolios farmacéuticos y extendiendo la protección de la propiedad intelectual.

Hay una legítima preocupación que tanto los trataos bilaterales de inversión (BITs por su sigla en inglés) como los acuerdos de Libre Comercio (FTAs) puedan agravar el problema de la extrema pobreza, poner en peligro la renegociación justa y eficiente de la deuda externa y afectar los derechos de los pueblos indígenas, las minorías, las personas con discapacidad, las personas de la tercera edad y otras personas que viven en situación de vulnerabilidad.

Sin duda que la globalización y muchos tratados de Inversión Bilaterales y Tratados de Libre Comercio pueden tener impactos positivos pero también negativos para la promoción de un orden internacional democrático y equitativo que requieresolidaridad práctica internacional.

La solución de controversias

En estos tratados, los capítulos de resolución de diferencias (ISDS por su sigla en inglés) entre inversores y Estados están también siendo muy problemáticos dada la experiencia de décadas de arbitrajes conducidos ante este tipo de tribunales. La experiencia demuestra que la función regulatoria de muchos Estados y su capacidad para legislar de acuerdo al bien público han sido puestos en riesgo.

Creemos que el problema ha sido agravado por el efecto “congelador” que han tenido las sentencias de estas cortes invasivas, cuando los Estados han sido castigados penalmente por adoptar regulaciones, por ejemplo para proteger el ambiente, la seguridad alimentaria, el acceso a medicamentos genéricos y esenciales y la reducción del tabaquismo (como se requiere según la convención de OMS sobre el Control del Tabaco) o por subir el salario mínimo.

Los capítulos ISDS constituyen una anomalía porque entregan protección a los inversores pero no a los Estados ni a sus habitantes. Permiten a los inversores demandar a los Estados pero no permiten lo contrario. La adopción en 2014 de la Convención de Naciones Unidas sobre “Transparencia en el Arbitraje Inversor-Estado basado en un Tratado” es un paso importante para enfrentar el problema de la naturaleza generalmente confidencial y no participativa de los acuerdos Inversor-Estado. Una mayor transparencia debería servir para reparar la falta de coherencia entre las actuales formas de inversión y las consideraciones de derechos humanos. 

Invitamos a los Estados a revisar los tratados que se están negociando y asegurar que ellos protejan y no obstaculicen los derechos humanos. Si los tratados en cuestión incluyen un capítulo sobre resolución de diferencias inversor-Estado, los términos de referencia de los árbitros deben ser diseñados de manera que no se permita interferencia en la regulación nacional del presupuesto, las políticas relativas a la salud, el ambiente y otras políticas públicas.

Más aun, los tribunales de arbitraje deberían permitir una revisión pública y sus sentencias deberían ser apelables ante la Corte Internacional de Justicia o una Corte Internacional de Inversión especialmente creada para trabajar en forma transparente y que rinda cuenta de sus actos. Debe haber un equilibrio justo entre la protección entregada a los inversores y la responsabilidad del estado de proteger a todas las personas que están bajo su jurisdicción

Recomendamos que:

Todas las negociaciones actuales de los acuerdos bilaterales y multilaterales de comercio e inversión deberían ser llevadas adelante en forma transparente, con consulta y participación de todas las partes interesadas, incluyendo sindicatos, organizaciones de consumidores, grupos de protección ambiental y profesionales de la salud.

Se debería publicar todos los borradores de modo que los parlamentarios y la sociedad civil tengan tiempo suficiente para revisarlos y sopesar los pro y los contras de una forma democrática.

Ex ante and ex post human rights impact assessments should be conducted with regard to existing and proposed BITs and FTAs.L

Se debería desarrollar una evaluación con respecto a evaluación de los impactos anteriores y posteriores en los derechos humanos de  los actuales tratados bilaterales de  libre comercio e inversión y de los que se están proponiendo. 

Las Partes deberían detallar cómo cumplirán sus obligaciones de derechos humanos si ellos ratifican estos tratados de libre comercio y de inversión que se están negociando.

Dada la amplitud y el ámbito de los acuerdos que actualmente se están discutiendo, deben incorporarse fuertes salvaguardas para asegurar la total protección y disfrute de los derechos humanos.”

 

(*) Los expertos: Mr Alfred de Zayas, Experto Independiente en la promoción de un orden internacional democratico y equitativo; Ms Catalina Devandas Aguilar, Relatora especial sobre los derechos de las personas con discapacidad; Mr Dainus Puras, Special Relator Especial en el derecho de todos al disfrute de los más altos estándares de salud física y mental; Ms Farida Shaheed, Relatora especial en el campo de los derechos culturales; Ms Gabriella Knaul; Relatora Especial sobre la Independencia de Jueces y Abogados; Ms Hilal Helver, Relatora Especial sobre el derecho a la Alimentación, Mr Juan Bohoslavsky, Experto Independiente en los efectos de las deudas externas y otras obligaciones financieras internacionales sobre el total disfrute de todos los derechos humanos, particularmente los derechos económicos, sociales y culturales, Mr Léo Heller, Relator Especial sobre el derecho humano a agua potable y sanitización, Ms Victoria Lucia Tauli-Corpuz, Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Ms Virginia Dandan, Experta independiente en los derechos Humanos y la Solidaridad Internacional.

Traducción: Lucía Sepúlveda para Yo No Quiero Transgénicos en Chile y Chile Mejor sin TPP.  

 

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