Diciembre 3, 2024

Corte de Santiago dicta sentencias en tres causas por violaciones a los derechos humanos

 

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en causas por violaciones a los derechos humanos, las que fueron investigadas por los ministros Leopoldo Llanos, Mario Carroza y Alejandro Madrid, respectivamente.

 

 

 

En el primer caso, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Manuel Muñoz Pardo, María Rosa Kittsteiner Gentile y Ana María Hernández Medina– dictó sentencia por el delito de aplicación de apremios ilegítimos a Haydeé Oberreuter Umazábal, ilícito perpetrado en Valparaíso, entre diciembre de 1975 y febrero de 1976.

 

En fallo unánime, la sala rechazó el recurso de casación en la forma, deducido por el Estado de Chile, y confirmó la sentencia en alzada, dictada el 6 de noviembre de 2014, en materia civil y en materia penal, con declaración “que se impone a los sentenciados una pena de tres años y un día, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo que dure la condena”.

 

A los condenados, agrega: “Se les concede el beneficio de la libertad vigilada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 inciso 1ro. y 15 de la Ley 18.216, debiendo supervisar su cumplimiento Gendarmería de Chile”. Asimismo, se aprobó “el sobreseimiento de Manuel Antilio Leiva Valdivieso, y la sentencia en lo demás consultado y no apelado”.

 

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a la víctima como indemnización por daño moral.

 

En el segundo caso la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago –integrada por los ministros Omar Astudillo, Maritza Villadangos y el abogado (i) Marco Medina– absolvió a Mario Salinas Labraña de responsabilidad en el delito de homicidio de Luis Barrios Varas, ilícito perpetrado el 25 de diciembre de 1973, en Santiago.

 

En el tercer caso, Segunda Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros Marisol Rojas, Ana Cienfuegos y Tomás Gray– dictó sentencias condenatoria por el delito de secuestro de Arturo Hillerns Larrañaga, ilícito perpetrado a partir del 25 de septiembre de 1973, en la ciudad de Temuco.

 

La resolución condena a Francisco Ferrada González y OsvaldoMuñoz Mondaca a penas de 10 años de presidio; a Gonzalo Arias González, a 5 años y un día de presidio, y a Eduardo Riquelme Rodríguez, Hugo Opazo Inzunza y Omar Burgos Dejean a 3 años y un día del presidio, como el beneficio de la libertad vigilada.

 

Asimismo, se absolvió a Ernesto Garrido Bravo y Juan Verdugo Jara.

 

En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $60.000.000 (sesenta millones de pesos) a la cónyuge e igual monto a hijo de la víctima.

 

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