Diciembre 26, 2024

Un Fondo de Inversión Inmobiliaria que intentó pasar gato por liebre

El 20 de octubre de 2014 la Dirección de Obras de la Municipalidad (DOM) de Providencia aprobó a la Inmobiliaria Parque Tres S.A., filial del rentableFondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta, fiscalizada ésta por la Superintendencia de Valores y Seguros, el permiso de edificación Nº 44/14 para que se construyera en el predio de la vía local Constitución Nº 241, barrio Bellavista, un equipamiento de 20 locales comerciales, restaurantes y 149 estacionamientos (sic) cuyo propósito era arrendarlos, cifra aquella que por ser menor a 150 no hace necesario el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU).    

 

 

Posteriormente, mientras ya se iniciaba la construcción, se modificó el proyecto y por arte de magia se aumentaron los estacionamientos a 317 unidades, guarismo que sí exigía un EISTU, el que fue oportunamente aprobado por el Seremi de Transportes. En razón a que el proyecto ya era más voluminoso, se le consideró equipamiento mediano, conforme lo dispone la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), motivo por el cual debía enfrentar obligatoriamente una vialidad de mayor jerarquía que la local Constitución. Pero como era de mal gusto que un funcionario del Estado contradijera a tan influyente actor inmobiliario, la oficina técnica municipal miró para el lado y cursó sin más trámites los permisos.

 

Los arquitectos del proyecto son de nacionalidad argentina y no sabemos si cuentan con las autorizaciones de rigor para firmar planos y documentos en nuestro país. Al ser extranjeros no tenían por qué conocer al dedillo los marcos regulatorios nacionales y esta podría ser la razón por la cual ellos creían que el lucrativo proyecto del Fondo de Inversión Cimenta se podía emplazar en una vía no idónea. En todo caso, quien sí tenía la obligación de hacer bien su pega fue la arquitecta revisora independiente, la que temerariamente convalidó toda la tramitación administrativa al interior de la DOM de Providencia.

 

Los vecinos del barrio Bellavista, afectados por las ilegalidades, liderados por la periodista Josefina Vial y por las arquitectas Bárbara Córdoba y María Inés Arribas, conjuntamente con la Fundación Defendamos la Ciudad, a sabiendas que todo el proceso era trucho se lo representaron por escrito al arquitecto titular de la DOM, sin que éste atinara a rectificar. La experiencia nos indica que el arquitecto que lidera esa oficina técnica municipal se considera autónomo, posiblemente porque lleva infinidad de años ejerciendo el cargo “interpretando” la ley según su parecer. Así las cosas y como la edificación irregular no se paralizaba fue necesario entregar los antecedentes ante la Contraloría General de la República y ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo para que éstos servicios públicos exigieran el cumplimiento de la ley. 

 

En ORD. Nº 3641 del 6 de agosto de 2015 dicho Seremi se dirigió al Director de Obras con copia al Seremi de Transportes, a la Inmobiliaria Parque Tres S.A. filial del Fondo de Inversión Cimenta, a los despistados arquitectos del proyecto, a la Fundación Defendamos la Ciudad, a los vecinos denunciantes y a la arquitecta revisora independiente, quien no supo ejercer su delicado rol. En ese oficio se describe una seguidilla de “errores” cometidos por los interesados y funcionarios públicos, concluyéndose que el proyecto inmobiliario que contemplaba una carga de ocupación para 1.944 personas se deberá reducir sustancialmente a uno que considere solo un máximo de 250 personas.

 

Entre otras cosas, teniéndose en cuenta que los “revisores independientes”, según la legislación ad hoc, son profesionales competentes que verifican e informan a los Directores de Obras que en los proyectos en donde han sido contratados se han cumplido todas las disposiciones legales y reglamentarias, lo que no ocurrió en este caso, a la revisora que intervino en este episodio se le iniciará un procedimiento sancionatorio a la luz de la Ley Nº 20.071 sobre Registro Nacional de Revisores Independientes. Es posible que esta profesional no siga desempeñándose como tal pues también cometió el desaguisado de informar favorablemente un proyecto de equipamiento, conocido como mall en Copiapó, el que, por alta su carga de ocupación, tampoco enfrentaba el tipo de vía exigido en la OGUC.  

 

Asimismo en el mencionado ORD. Nº 3641 se dejó en evidencia que los “equivocados” Certificados de Informaciones Previas necesarios para iniciar el negocio no se ajustaron a derecho, motivo por el cual los mismos no generan derechos adquiridos para el titular de la inversión. Sobre este asunto, el Seremi le expresó al Director de Obras que “debía rectificarlos manteniendo la fecha de su emisión ………………………..de manera que tales documentos informen correctamente la clasificación de la calle Constitución, vale decir, como vía local……………………..”. Pues bien, no compartimos esta decisión puntual del Seremi porque si esos Certificados de Informaciones Previas se cursaron con “errores” fue para posibilitar la simulación que viabilizaba la operación de construir un equipamiento singular en una vía que no lo acepta. Quien firma esta columna sostiene que estamos ante documentos públicos con información falsa y ya sabemos lo que ello significa.

 

Es más, el Seremi de Transporte aprobó el Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU) para tal proyecto con unos de esos Certificados “inexactos” y por ello él tendrá que explicar cuál es la razón que sustenta su negativa a invalidar dicho Estudio, atendida cuenta que tiene desde hace tiempo pleno conocimiento del deplorable hecho.

 

Por otro lado, el Seremi de Vivienda y Urbanismo le expresó al Director de Obras que, como consecuencia de las tantas contravenciones detectadas, tal como lo dice el artículo 15º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), se vio en la necesidad de solicitarle a la Contraloría la instrucción de un sumario administrativo, cuyo resultado, decimos nosotros, se conocerá en unos cuantos años más, cuando las ilegalidades ya estén prescritas con lo cual probablemente no existirán sanciones para los funcionarios municipales involucrados.

 

En resumen, el Seremi de Vivienda y Urbanismo acogió las responsables acusaciones ciudadanas, ejerciendo adecuadamente su tarea de supervigilar y fiscalizar a la Dirección de Obras de Providencia, lo que significa en la práctica una profusa reducción del volumen del edificio y por ello constatamos con satisfacción que se están produciendo algunos avances en la tarea de ir terminando con la lacra de la corrupción.

 

Digamos en todo caso que el DOM de Providencia, Sergio Ventura, es hermano de Julio, quien ejerce el mismo cargo municipal en Viña del Mar y tal como el Seremi de Vivienda de la Región Metropolitana de Santiago está actuando correctamente, se justifica que la Fundación Defendamos la Ciudad, a través de ANIN, ver link   

http://www.anin.cl/nota/67/12699/solicitan-al-intendente-aldoney-y-ministra-vivienda-seremi-candia-sea-ratificado-su

 

le haya solicitado a Gabriel Aldoney, nuevo intendente de la V Región de Valparaíso, que ratifique en su cargo a Mauricio Candia como Seremi de Vivienda porque está investigando en la DOM de Viña del Mar más de 20 casos sospechosos.   

 

 

 

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