El Servicio de Impuestos Internos anunció ayer el inicio de la segunda fase de un plan especial de fiscalización que ha estado aplicando para detectar y sancionar figuras de evasión similares a las utilizadas en el caso Penta, el que contempla, entre otros aspectos, la revisión de boletas de honorarios y facturas ideológicamente falsas entre relacionados, el control de la tributación de instrumentos derivados y el uso indebido de pérdidas.
La iniciativa está enmarcada en el Programa integral de Gestión del Cumplimiento Tributario que la entidad está aplicando desde que asumió la actual Administración con el objetivo de reducir la evasión y elusión de impuestos, con un nuevo modelo de fiscalización basado en una matriz de riesgo fiscal, que incorpora diversas variables objetivas que permiten focalizar las acciones de control en aquellos contribuyentes más susceptibles de caer en conductas de incumplimiento.
En concordancia la estrategia que se viene desarrollando, y continuando con una segunda fase de fiscalización, por ejemplo en el caso de las boletas de honorarios, en las próximas semanas serán citados para una revisión especial otros 200 contribuyentes, empresas y personas naturales, seleccionados previamente a través de la aplicación de nuevos cruces computacionales de las bases de datos del Servicio.
Estas auditorías se centrarán en la detección de figuras como la deducción como gasto de boletas de honorarios ideológicamente falsas, emitidas por personas relacionadas al contribuyente; la deducción como gasto de facturas ideológicamente falsas, emitidas por personas relacionadas al contribuyente y por sociedades que pertenezcan a los socios, accionistas o principales ejecutivos de dicho contribuyente; el control de la correcta tributación de instrumentos derivados como los forwards y la existencia de devoluciones fraudulentas de pagos provisionales por utilidades absorbidas en que el SII cuenta con nueva información.
En todos estos casos, el objetivo es verificar el correcto cumplimiento de la normativa tributaria que rige estas materias, de manera de corregir oportunamente cualquier desviación de las conductas de los contribuyentes a través de las diversas alternativas que siempre han existido para el efecto; esto es la vía administrativa para el cobro de los impuestos correspondientes y, cuando proceda, la aplicación de sanciones pecuniarias; y la presentación de acciones penales ante la justicia, reservada para los casos de mayor gravedad.
En este sentido, y acogiendo las numerosas consultas recibidas por parte de los propios contribuyentes, el SII instó a todos quienes puedan presentar brechas de cumplimiento tributario como las descritas acercarse voluntariamente a la institución para regularizar su situación tributaria, entregar todos los antecedentes, rectificar sus declaraciones y pagar los impuestos correspondientes.