En condiciones de ser discutido por la Sala del Senado quedó el proyecto que aumenta las sanciones para quienes manejen en estado de ebriedad causando lesiones graves o la muerte, luego que la Comisión de Constitución aprobara por unanimidad la idea de legislar de la iniciativa, más conocida como la nueva Ley Emilia.
Según explicaron los senadores Felipe Harboe (presidente de la instancia), Alberto Espina, Hernán Larraín y Alfonso De Urresti, con la aprobación en general del proyecto se avanza en un cambio inédito en materia jurídica pues se le establece al juez un piso y un techo para aplicar la sanción, lo que garantiza el cumplimiento efectivo de la pena y no como ocurre actualmente, que en algunos casos las atenuantes terminan reduciendo las sanciones al mínimo.
El senador Harboe precisó que “planteé que si íbamos a regular los cuasi delito de homicidio con una sanción más alta y que a su vez íbamos a establecer un régimen de computación de las penas que va a limitar al juez en el sentido que solo va a poder recorrer la escala de piso y techo de la pena y no va a poder bajarla del piso, me parecía adecuado que en virtud de la proporcionalidad de la pena y de la protección del bien jurídico protegido, también se hiciera lo mismo con el homicidio”.
En tal sentido precisó que se tomó el acuerdo de presentar una moción para “aumentar las sanciones al delito de homicidio y a su vez establecer una regla de computación de las penas para que sea proporcional”.
En esa línea, el senador Espina explicó que “por primera vez se establece que los jueces no pueden bajar del mínimo que el Código Penal establece para un delito determinado y este es un cambio enorme porque actualmente los jueces tienen una penalidad que fijan los códigos…los jueces están autorizados a bajar las penas si concurren circunstancias atenuantes como irreprochable conducta anterior y eso a veces significa que el culpable no esté ni un día preso”.
AUMENTO DE SANCIONES
El legislador precisó que la iniciativa –que recoge aspectos de una similar que se tramitó en el Senado- aumenta las penas por conducir en estado de ebriedad causando lesiones o la muerte de 3 años y un día hasta 10 años y además establece que en tres casos específicos el juez sólo tendrá que aplicar penas que van desde los 5 años y un día a los 10 años de cárcel.
“Son tres las circunstancias que agravan la responsabilidad y que hacen que la pena sea de cinco años y un día a 10 años: la fuga del lugar; cuando la persona es reincidente porque ha sido condenada por delito de conducción en estado de ebriedad y en tercer lugar, cuando se trate de una persona que por su oficio es un profesional de la conducción”, precisó el senador Espina.
A su turno el senador Larraín destacó la aprobación en general del proyecto, pero señaló que “quizás el problema mayor que ha tenido es que se puede producir una cierta desproporción por las sanciones que se aplicarían a quien conduciendo en estado de ebriedad causara la muerte de alguien, con la pena del homicidio simple. Por tanto, lo que estamos verificando es que el problema está en el homicidio simple que tiene una penalidad muy baja y vamos a trabajar una iniciativa de ley para darle a ese delito una penalidad mayor y ahí se dejaría de producir esta desproporción”.
Por su parte, el senador Alfonso De Urresti consideró como “un gran avance esta iniciativa”, en especial considerando la dura experiencia de familias que han perdido sus seres queridos en accidentes de tránsito cometidos por conductores bajo los efectos del alcohol y que quedaban “prácticamente sin pasar un día en la cárcel”. “Hoy se consagra un principio distinto en el cual se otorgan los plazos y los rangos en los cuales se aplica la pena y se hacen observaciones importantes para quienes huyen del lugar del accidente”, entre otras materias.