El Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU afirmó este viernes que la prescripción del delito de desaparición sólo se produce en el momento en que “la persona aparece con vida, se encuentran sus restos o se restituye su identidad”, y pidió al Estado español garantizar que así se cumpla. Para ello le instó a adoptar las medidas necesarias, de carácter legislativo o judicial, con miras a “superar los obstáculos de orden interno que puedan impedir tales investigaciones, en particular la interpretación que se ha dado a la ley de amnistía”. “Una amnistía es una norma pacificadora. Esta norma, treinta años después, no puede constituir un obstáculo para la justicia, y la justicia está necesariamente vinculada a la verdad, y la verdad es hija del tiempo”, dijo el experto del comité, Álvaro Garcé García y Santos en una rueda de prensa en Ginebra.
El jurista presentó el resultado -en forma de observaciones y conclusiones- del examen sobre el cumplimiento por parte de España de la Convención Internacional sobre las Desapariciones Forzadas, en vigor desde finales de 2010. “La desaparición es un delito permanente y hay obligaciones que adquieren los Estados parte de la convención y que no están limitadas en el tiempo”, sostuvo. En su documento final sobre España, el órgano de la ONU apunta asimismo la importancia de que los presuntos autores de tales crímenes sean enjuiciados y sancionados en caso de ser declarados culpables. Los pasados días 5 y 6 de noviembre, España presentó su informe sobre la implementación de la referida convención y durante la sesión con el comité defendió que en su ordenamiento legal no tiene lugar la investigación de crímenes cometidos durante la guerra civil y el franquismo por tratarse de delitos ya prescritos.
Por otra parte, Garcé señaló que otra observación del comité a España es que “con ocasión de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se pueda eliminar la detención incomunicada, un régimen que plantea problemas”. “El análisis y revisión (del régimen de detención incomunicada) sería muy conveniente”, comentó. Un tercer punto destacado por el comité es su recomendación de que España “asigne recursos de personal, técnicos y financieros suficientes para la búsqueda y esclarecimiento de la suerte de las personas desaparecidas”.
En este ámbito, le pide que considere la posibilidad de crear un órgano específico que asuma esa función, así como “una comisión de expertos independientes encargada de determinar la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el pasado, particularmente las desapariciones forzadas”. “Invitamos a España a investigar el pasado, pero no con un espíritu de revancha, sino con una mirada constructiva y hacia el futuro, porque el derecho a la verdad es indispensable”, dijo Garcé. El comité ha dado a España un plazo de un año para exponerle los avances en estas cuestiones. Adicionalmente, el informe hecho público este viernes por el comité pide a España que tipifique el delito de desaparición forzada de acuerdo a los estándares de la convención. “Aunque existen disposiciones que abarcan la detención ilegal o el secuestro, entendemos que es conveniente una tipificación que incluya todos los elementos técnico de la convención”, sostuvo Garcé, quien fue, dentro del comité, el experto encargado de analizar el caso de España a profundidad.
Por otra parte, el informe del comité aborda el tema de la jurisdicción militar y, a este respecto, pide que se excluya de forma expresa de este foro los procesos por desapariciones forzadas. “No tenemos una sospecha concreta de falta de independencia de la jurisdicción militar, pero hemos analizado problemas estructurales de este fuero y por eso formulamos esta recomendación. Es una posición de principio”, puntualizó Garcé.