Noviembre 28, 2024

Caso Clarín: Mentiras institucionales presentadas como verdad mediatizada

pey_victor

 pey_victorDespués de 15 años de litigio con el Estado y a casi 40 años de que fuera clausurado y posteriormente confiscado por la dictadura militar, los dueños del mítico diario Clarín comienzan a ver luz al final de un túnel que parecía interminable. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial (BM), emitió el 18 de diciembre pasado su fallo final en la causa abierta en 1998 entre Víctor Pey y Fundación Presidente Allende (demandantes) y el Estado de Chile (demandado), caso CIADI ARB/98/2.

 

Se trata de la “Decisión sobre la solicitud de anulación” presentada por el demandado tras el laudo de mayo de 2008. Este favoreció a los demandantes que fueron reconocidos como legítimos propietarios de Clarín. Chile fue condenado a pagarles 10 millones de dólares como indemnización, más 6 millones entre intereses y costas del juicio.


El CIADI, en su reciente “Decisión”, ratifica lo obrado en 2008, es decir, establece que Pey y la Fundación Presidente Allende son los dueños de Clarín y que deben ser indemnizados por la ilegal y arbitraria confiscación de este bien. Pero, en lo relativo a la indemnización, anula el monto antes establecido e indica que deberá ser un tribunal del CIADI, que podrá ser convocado por cualquiera de las partes, el que defina el justo valor de la compensación. El Ciadi exigió a Chile el pago de las costas que tuvieron en el proceso los demandantes, las que estimó en 3 millones de dólares.


Clarín reclama unos 517 millones de dólares en “resarcimiento de daños materiales” y “lucro cesante”.


En este largo juicio, el Ciadi rechazó las principales argumentaciones de Chile.


Una de ellas sostenía que Víctor Pey nunca compró Clarín a su anterior dueño –Darío Sainte Marie, mejor conocido como Volpone–, y que los verdaderos propietarios eran los herederos de Volpone y otras tres personas –cuya vinculación con la propiedad de Clarín era nula– a quienes el gobierno encabezado por el socialista Ricardo Lagos indemnizó con 9 millones de dólares. Esto, en virtud de la Resolución 43 del 28 de abril de 2000, que llevaba la firma del ministro de Bienes Nacionales, Claudio Orrego.


En el punto 674 del laudo de 2008 se señala que “al conceder compensaciones, por razones que sólo el demandado (gobierno de Chile) conoce y sigue sin explicar, a personas que, según el Tribunal de Arbitraje, no eran propietarias de los bienes confiscados, y al paralizar o rechazar las reivindicaciones del Sr. Pey Casado referentes a los bienes confiscados, la República de Chile cometió una manifiesta denegación de justicia y trató a los demandantes (Víctor Pey et al.) de manera injusta e inequitativa”.


Mucho después se demostraría que Chile se apresuró en pagar estas indemnizaciones fraudulentas, cuando el litigio internacional llevaba dos años de comenzado, con la finalidad de tener una argumentación para no resarcir a Pey ni a la Fundación Presidente Allende, quienes pretenden relanzar Clarín con el dinero obtenido.


El ministro Orrego, en entrevista con el periodista del Centro de Investigaciones Periodísticas (Ciper), John Dinges –publicada en mayo de 2008–, concedió que estas indemnizaciones se hicieron “con premura” por “el pleito en el Ciadi”.

Para Dinges, que mantiene una estrecha relación profesional con Chile –en la década de 1970 fue corresponsal de Washington Post en Santiago–, la razón de este accionar de los gobiernos de la Concertación por la Democracia (1990-2010) fue que se dejaron “intimidar por los argumentos de la derecha (…). Lo que ha prevalecido –en el caso Clarín– ha sido más bien un cálculo político de costo-beneficio. El costo está graficado por el temor a enfrentar el poder (…) del grupo El Mercurio. Esta empresa de medios chilenos –la más importante del país– no quiere la resurrección del diario que en su momento lo superó en circulación nacional. Quiere continuar con la situación casi duopólica establecida por el régimen militar, que le ha asegurado su favorable situación económica durante tantas décadas”.


También fue rechazada por el CIADI la argumentación de que por tener Pey nacionalidad chilena –además de ser español– la adquisición de Clarín no podía ser considerada una inversión extranjera.


El único aspecto de la posición chilena que fue aceptado se refiere a que la confiscación de Clarín ocurrió mucho antes de la entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Chile para la protección y fomento Recíprocos de Inversiones (APPI), de marzo de 1994, que rige las inversiones entre ambos Estados. Esto pudo significar el triunfo de Chile en esta causa. Pero no fue así justamente por haber indemnizado a falsos propietarios.


En el párrafo 600 de este laudo se expresa que la Resolución 43 del año 2000 –antes reseñada– reactiva la vigencia del tratado, “ya que dicho acto es posterior a la entrada en vigor del tratado”.


“Dictadura perfecta”

A pesar de que era una clara derrota, el gobierno de Chile presentó la “decisión” del CIADI como una victoria. El jefe de los abogados que representó al Estado chileno ante el CIADI, Matías Mori, declaró al diario La Tercera tras conocer el fallo:


“Es un gran triunfo para nuestro país y un logro para nuestro gobierno que luego de más de una década de tramitación en uno de los juicios internacionales más largos e irregulares en la historia del centro arbitral, el CIADI haya validado los argumentos de la defensa chilena (…) llegando a la conclusión de que la sentencia condenatoria en contra del Estado de Chile carecía de fundamentos suficientes para exigir el pago de una indemnización por parte de nuestro país”.


Esta entrevista aparece en una nota más amplia –publicada el 19 de diciembre– cuyo título muestra el poco apego a la verdad de La Tercera en esta materia: “Caso Clarín: CIADI falla a favor de Chile y desestima pago de indemnizaciones a Víctor Pey”.


El Mercurio y todos los demás medios acogieron como suya la sesgada lectura que hizo el gobierno chileno, dando como ganadores a quienes, en verdad, eran los perdedores del caso.


Los demandados emitieron el 19 de diciembre un comunicado en los que expresaban que el CIADI mantuvo “la condena que el laudo impuso el 2008 a la República de Chile de indemnizarles por denegación de justicia y discriminación, y la condena en costas”, agregando que la decisión de 2012 innova en cuanto al monto de la indemnización a los propietarios españoles. Pero sólo difundió la versión de los demandantes su propio medio: el diario electrónico www.elclarín.cl.


En entrevista con Apro el sociólogo, experto en derechos humanos y exdirector del programa de Libertad de Expresión de la Universidad de Chile, Felipe Portales, expresó que “es impactante la forma como se ha informado este caso: presentaron a Víctor Pey como derrotado por la reciente decisión del CIADI en circunstancias que ella validó el fallo de 2008”.


Cuestionando la situación de libertad de expresión existente en Chile, Portales manifestó: “La dictadura nos mantuvo desinformados, pero lo sabíamos; ahora seguimos desinformados, pero muy pocos están enterados de esto. Esto muestra que Chile es la verdadera dictadura perfecta”.


Jugarretas judiciales

Al momento del golpe militar de 1973 Clarín era el diario más leído de Chile. Entonces tenía un promedio de ventas de 270 mil ejemplares diarios de lunes a viernes y 350 mil los fines de semana. Clarín había sido fundado en 1954 por Volpone y por el general Carlos Ibáñez del Campo, que en ese momento era presidente de Chile.


Clarín era tan influyente que podía determinar una elección presidencial. El apoyo de Clarín al democratacristiano Eduardo Frei Montalva fue decisivo para que éste triunfara en las presidenciales de 1964. Su rol también fue relevante en la ajustada victoria de Salvador Allende sobre el candidato de la derecha Jorge Alessandri, en 1970. La diferencia fue de 40 mil votos. Entonces Clarín no dio tregua al candidato derechista, a quien apodó maliciosamente como La Señora, debido a sus modales delicados.


En el transcurso de 1972, Pey Casado compró la totalidad de las acciones de la sociedad CPP SA –dueña de Clarín– a Volpone. Como comprobó el CIADI la transacción involucró un monto total de 1.28 millones de dólares, los que fueron íntegramente pagados.


Luego del golpe militar, Clarín fue clausurado. Su director, Alberto Gato Gamboa, fue detenido y trasladado a un campo de concentración. El edificio donde se imprimía el diario, ubicado muy cerca de La Moneda, en Santiago, fue utilizado como centro de detención y torturas.


Pey se convirtió en uno de los hombres más buscados de Chile. Se asiló el 12 de septiembre de 1973 en la embajada de Venezuela, país al que partió un mes y medio después.


Enseguida, el gobierno militar comenzó a estudiar los mecanismos jurídicos para apropiarse del diario. Intentó reconocer como dueños a tres amigos de Pey: Jorge Venegas, Ramón Carrasco y Emilio González, a quienes éste había prometido venderles una pequeña parte del diario, lo que no se concretó debido al golpe militar.


De esa “promesa de venta” sólo quedaron papeles firmados en blanco por los tres interesados. El dictador Augusto Pinochet intentó validarlos, con el fin de expropiarlos y quedarse con Clarín a cambio de una indemnización.


En 1974 el gobierno militar persuadió a Volpone para que éste declarara que vendió Clarín bajo presión del presidente Salvador Allende. Hizo esto con el fin de anular la transacción, pero Volpone no se prestó a esta jugarreta. Como nada resultó, finalmente la Junta Militar confiscó Clarín a Pey, mediante el decreto supremo 580, de 1975. No pagó indemnización.


En 1990, al iniciarse la transición a la democracia, Pey regresó a Chile y acudió a la justicia para recuperar su propiedad. En 1995 el Octavo Juzgado del Crimen lo acreditó como legítimo propietario de Clarín. Con ese fallo en su poder, Pey planteó –a través de una carta– al presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle (1994-2000) un “acuerdo amistoso”, con el fin que el Estado de Chile lo indemnizara por los bienes confiscados evitando una confrontación entre las partes. Nunca hubo respuesta.


El 6 de noviembre de 1997 Pey presentó ante el CIADI una demanda contra el Estado chileno y solicitó su arbitraje en virtud del APPI. Esta acción legal la inició en conjunto con la Fundación Presidente Allende, de Madrid, a la que en 1990 había traspasado 90% de sus derechos sobre el diario. En 1998, el CIADI admitió la demanda y constituyó un tribunal para resolver el caso.


Ese mismo año, el gobierno de Chile, temeroso de perder ante los dueños de Clarín, inició los trámites para pagar una indemnización a González, Carrasco y Venegas, con el fin de fortalecer su posición en el litigio internacional. A fines de ese año, el Comité de Inversiones Extranjeras, dependiente del Ministerio de Economía, pidió al abogado Enrique Testa un estudio en derecho sobre el caso Clarín.


El 22 de abril de 1999 un yerno de Testa, Isidoro Godorischen Rapaport, formó la sociedad Asesorías e Inversiones SA (Asinsa). Cinco días después, esta “empresa” compró en el equivalente a 2 mil dólares 40% de los derechos hereditarios de González, quien había muerto en 1991.


En abril de 2000, el Ministerio de Bienes Nacionales acogió una solicitud de indemnización por la confiscación del Clarín presentada por Asinsa, Venegas y por los herederos de Carrasco, quien también había muerto.


Ellos presentaron los papeles antes comentados que carecían de toda validez legal. Aún así, el Estado chileno les pagó a ellos y a los herederos de Volpone un total de 9 millones de dólares. Esto, en virtud de ley 19.568 de Devolución de Bienes Confiscados durante la dictadura, que coincidentemente fue promulgada en 1998.


Este proceder del Estado chileno en esta causa no fue una excepción sino la regla. La mejor demostración de esto es que el Tribunal arbitral debió preparar un apartado –el C 268– con el fin de registrar estas malas actitudes. Este sugestivamente se titula “Memorando de la mala fe de Chile a lo largo del procedimiento de arbitraje provocando su prolongación y el aumento de su costo”. Está fechado en septiembre de 2005 y contiene 51 páginas.


Tácticas dilatorias

En junio de 2005, después de siete años de litigio, estaba listo el proyecto de sentencia. Fue redactado por el presidente del Tribunal, el suizo Pierre Lalive. Este envió copias a los otros dos jueces que formaban parte del tribunal. Estos debían mantener la confidencialidad del escrito, a la espera de que en septiembre se les diera a conocer a las partes, con ocasión de los alegatos finales del arbitraje en Nueva York. El árbitro argelino, Mohamed Bedjaoui, nombrado por los demandantes, aprobó el texto y cumplió con mantener en secreto el fallo. Pero el designado por Chile, el ecuatoriano Leoro Franco, lo entregó a las autoridades chilenas.


En entrevista con este corresponsal, verificada en septiembre de 2007 (Proceso 1605), Víctor Pey señaló que el conocer el resultado desfavorable “provocó que los representantes de Chile recusaran a los miembros del Tribunal con el fin de evitar que se dictara ese laudo”.


Chile recurrió a argumentos vagos que buscaban dilatar la causa. Reclamó por la lentitud de los magistrados, se quejó de las “incompatibilidades de salud” de Lalive, y repudió el hecho de que el argelino Bedjaoui haya sido designado Ministro de Relaciones Exteriores de su país.


Siendo condescendiente con la estrategia de Chile, el juez Franco renunció. Esto implicó una demora dada la necesidad de designar un sustituto. Esto en circunstancias que el proceso estaba por concluir.


El entonces presidente del Banco Mundial (BM), Paul Wolfowitz, propuso en reemplazo de Franco a la destacada legista belga Brigitte Stern. Pero, en mayo de 2006, el gobierno chileno objetó esta propuesta. La razón: ella había escrito el 26 de marzo de 1999 en Le Monde el artículo “Temblad exdictadores”, en el que analizaba la detención de Augusto Pinochet en Londres desde la perspectiva del derecho internacional de derechos humanos. Chile arguyó que las opiniones de esta jueza podrían desatar severas disputas al interior de este país.


Wolfowitz aceptó esta objeción y nombró al profesor Emmanuel Gaillard como tercer miembro del jurado. Increíblemente –a pesar de notable trayectoria– éste también fue objetado por Chile aduciendo que su historial de fallos hacía prever que no sería imparcial. Pero esta vez el BM no aceptó el veto.


El 8 de mayo de 2008 el tribunal arbitral por fin pudo entregar el laudo a las partes, pero el comentado recurso de nulidad alargó hasta diciembre de 2012 la entrega de la “Decisión” final. Y, en este juicio sin fin, todavía falta por definir el monto de la indemnización.


Pero Víctor Pey (1915) –quien durante la guerra civil española combatió en la columna del legendario Buenaventura Durruti y llegó a Chile en el barco Winnipeg, alquilado por el poeta Pablo Neruda– parece estar programado para no morir hasta escuchar de nuevo el toque de Clarín.

 

*Francisco Marín es el corresponsal en Chile de la revista mexicana Proceso. Este artículo fue publicado el mes pasado en ese medio.

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