El 28 de diciembre de 2012 el Presidente Sebastián Piñera ha sido requerido para que ejecute el Laudo del Tribunal Internacional que en 2008 condenó a la República de Chile por haber “violado su obligación de garantizar un tratamiento justo y equitativo, incluida la obligación de abstenerse de toda denegación de justicia”, y también a compensar los daños causados a los dueños de la empresa editora del Diario CLARIN.
El Laudo ha sido confirmado en la Decisión del 18 de diciembre de 2012 del Comité ad hoc del CIADI, que desestimó la demanda de nulidad interpuesta en 2008 por el Gobierno presidido por Michelle Bachelet
En su requerimiento D. Víctor Pey recuerda al Presidente Piñera su compromiso ante el Parlamento Europeo, el 15 noviembre de 2012, de que en el arbitraje del Caso CLARIN Chile “va a cumplir lo que diga la Corte, es lo que corresponde a un país civilizado (…)”, y le pide que ordene depositar el 31 de diciembre de 2012 las sumas pecuniarias a cuyo pago inmediato condena el Laudo a Chile en concepto de gastos del proceso.
El requerimiento comunica también al Presidente chileno que la determinación del monto exacto de la indemnización que la República de Chile está obligada a pagar a la Fundación española Presidente Allende y a D. Víctor Pey la efectuará el Tribunal Internacional que se nombrará exclusivamente a este fin, en cumplimiento del efecto de cosa juzgada que ha ganado el pronunciamiento de condena del Laudo, de lo dispuesto en el Convenio Internacional del CIADI y de las obligaciones establecidas en el Convenio bilateral de Protección de Inversiones entre Chile y España.