Ayer se dio a conocer el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, en relación al recurso de amparo interpuesto por los Presos Políticos Mapuche de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul, Ramón Llanquileo y Jonathan Huillical por el doble procesamiento, justicia militar y civil, por el montaje de la falsa emboscada al Fiscal Elgueta.
La acción legal buscaba restablecer el imperio del derecho dejando sin efecto la sentencia del Juzgado de Garantía de Cañete (febrero 2011), la cual fue rechazada, ya que resolvieron que fueron los mismos hechos pero distintas víctimas, es decir, los ilícitos por los cuales fueron juzgados son distintos en cada tribunal, porque en Valdivia (Justicia Militar que absolvió el año 2010) se juzgó por el ataque a Carabineros y en Cañete por el ataque a la PDI.
Sin embargo, el recurso de amparo argumenta que la identidad de las víctimas nunca ha sido requisito para que opere la garantía del NON BIS IN IDEM ya que los “hechos” probados y que fueron objeto de juzgamiento en ambas causas hace mención a lo ocurrido el 15 octubre de 2008 en Lleu Lleu (Caso Elgueta). Ante esta negativa se apelará, teniendo como plazo 5 días, a la Corte Suprema. Ahora bien, si la Corte Suprema mantiene la postura de la Corte de Apelaciones, de conservar la condena, se evaluará interponer una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, esta vez por el doble procesamiento. Recordar que ya existe una demanda ante la CIDH por las aberraciones jurídica del juicio en Cañete.
Ayer se cumplieron 24 días en que los Presos Políticos Mapuche de la CAM iniciaron una huelga de hambre.