Los países integristas favorables a una condena internacional de la controvertida islamofobia, perdieron la batalla diplomática en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que evacuó de una resolución votada a última hora del viernes pasado en Ginebra, cualquier penalización de la difamación de religiones.
El reclamo había sido desencadenado por el video Inocencia de los musulmanes, publicado en YouTube en julio pasado, el cual presuntamente denigra la figura de Mahoma, supuestamente como las caricaturas satíricas sobre el caso del semanario ateo francés Charlie Hebdo. Estallaron disturbios en Medio Oriente, con muertos y heridos en Libia, Egipto, Pakistán y Túnez, y se produjo el lanzamiento de una fatwa contra el responsable del film, Nakoula Basseley Nakoula, un cristiano copto, aparentemente de origen egipcio, quien acaba de ser detenido en Los Ángeles, Estados Unidos, por fraude bancario.
En una tentativa de limitar las criticas a las creencias y asimilar la difamación o el odio religiosos a la discriminación racial o étnica, los 56 países de la Organización de la Conferencia Islámica (OCI) habían conseguido infiltrar en un proyecto de resolución presentado por África del Sur para reforzar la lucha contra el racismo, un frase que deploraba la “discriminación contra cualquier religión, así como para atacar símbolos religiosos y personas veneradas”.
Los principios de derechos humanos acuñados en la ONU defienden la libertad de expresión y el derecho de una persona o grupos de personas a practicar o a no practicar una creencia o religión, pero no defienden las religiones como tales. Los artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, uno de los pilares fundadores de Naciones Unidas, consagran la libertad de expresión, y remiten a las leyes internas de los Estados castigar “toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia”.
En ese marco, extender la protección jurídica internacional “a cualquier religión”, y prohibir “atacar símbolos religiosos y personas veneradas”, según la propuesta de los países islámicos antes citada, desbordaba la base legal existente para justificar restringir la libertad de expresión vigente hoy en la ONU. El concepto preconizado por la OCI le abría en cambio las puertas a una sanción contra la difamación de las religiones. Esa suerte de norma antiblasfema a escala planetaria, resultaba un precepto inaceptable para Estados Unidos, la Unión Europea y la mayoría de los países latinoamericanos, salvo Cuba, Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Colombia, condescendientes para con la maniobra islamista ahora revelada.
Expurgado el texto de la frase conflictiva que aludía a la religión musulmana, los países de la OCI retiraron el copatrocinio a la resolución, cuyo contenido quedó focalizado exclusivamente en “un llamamiento para la adopción de medidas concretas contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia”. La resolución fue aprobada con el apoyo de Asia, África, América Latina y el este de Europa. Los Estados Unidos se opuso, y la Unión Europea se abstuvo, al parecer descontentos con otros párrafos del documento, que repudiaban la “afrofobia, y a su vez alentaban a la creación en la ONU de un “foro permanente para los afrodescendientes”, con el propósito que obtengan mundialmente “reconocimiento, justicia y desarrollo”.
*Juan Gasparini, periodista argentino radicado en Suiza