La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó en segunda instancia la aspiración de Televisión Nacional de Chile (TVN) de cobrar al monopolio de cable
La tercera sala del tribunal rechazó la apelación de una sentencia de primera instancia del 2 de octubre de 2006 y ratificó el fallo anterior. El canal público TVN llevó el caso a la justicia en 2002 y ahora anunció un recurso de casación ante la Corte Suprema para revertir este fallo de segunda instancia.
El Observatorio de Medios Fucatel, prácticamente el único que existe en Chile, informó hoy que la Corte acogió sus observaciones para negar la demanda de TVN, que reivindicaba reconocimiento a lo que considera su derecho: cobrar a
La Corte estimó que la TV abierta es un servicio de interés público de acceso universal y que el cable operador, al incluirla en su parrilla proporciona un medio técnico que contribuye a que estos contenidos lleguen a un número indeterminado de hogares [que de lo contrario no recibirían o recibirían con mala calidad la señal del Canal Nacional], informó Fucatel.
Adicionalmente, la Corte sostuvo que no quedó demostrado que exista aprovechamiento económico de parte de
Aunque todavía la Corte Suprema deberá decir la última palabra, esta sentencia llegó justo cuando el Senado está a punto de votar en general el proyecto de ley que introduce en Chile la Televisión Digital Terrestre. Durante los debates, el lobby de los canales de televisión abiertos agrupados en la organización empresarial Anatel, solicitaron que el Parlamento establezca en la nueva legislación precisamente ese derecho a cobrar a los operadores de cable operadores por la redifusión de sus contenidos.
La sentencia de la Corte afirma que “es un hecho no discutido en el proceso que Televisión Nacional de Chile, televisión abierta, tiene una concesión gratuita e indefinida, a cambio de su obligación de servicio de interés público, cual es que se permita a todos los habitantes del país la posibilidad de disponer de un servicio de televisión”.
Según un comunicado de prensa, el Observatorio Fucatel se pronunció por la regulación de esta materia, “pero no necesariamente disponiendo que sea factible el cobro a los cableoperadores, sino a partir de las reglas de mejor trato”, señala la página web de Fucatel. “Siendo así, los operadores de cable deberían dar igual trato a todos los operadores de TV abierta, con independencia de sus condiciones específicas”.
La decisión de la Corte no atañe a la señal de cable 24 Horas, también de TVN, que se dedica a emitir noticias, programas informativos y entrevistas.
TVN contra-ataca
Mauro Valdés, director ejecutivo de TVN, dijo a El Mercurio: “¿TVN podría transmitir por una de sus señales un canal de
“Discrepamos completamente de este fallo pues, entre otros defectos, introduce el concepto de ‘redifusión’ que no existe en la legislación, y que en realidad es una ‘retransmisión’ como lo ha señalado la propia Subsecretaría de Telecomunicaciones en dictámenes recientes y que fueron ignorados por la resolución de la Corte”, añadió Valdés. “TVN es dueña de su señal y no necesita de
Para Valdés, “