Un nuevo proyecto de ley -aprobado por el Senado chileno- plantea hacer responsable de los desmanes a quienes llamen, por cualquier medio, a reunirse o manifestarse. Este no sólo debilita aún más el actuar de la sociedad civil sino también al sistema democrático. “No tengo inconveniente en reconocer que la paz pública es un gran bien, mas no quisiera olvidar, sin embargo, que es a través del orden por donde todos los pueblos han llegado a la tiranía” Alexis de Tocqueville.
La frase del pensador francés es hoy muy pertinente si tomamos en cuenta el nuevo proyecto de ley, ya aprobado por el Senado chileno, que plantea enjuiciar a quienes convoquen u organicen –de forma oficial o no- reuniones o manifestaciones públicas, en caso de ocurrir desmanes.
El documento establece que “se presumirá que son organizadores y convocantes de una manifestación pública, las personas que comunican a la autoridad administrativa competente la realización de dicha actividad de conformidad a las disposiciones generales de policía. En caso que no haya habido tal comunicación, se presumirá que los organizadores y convocantes de una reunión o manifestación pública, son las personas, naturales o jurídicas, que hayan llamado, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro medio, a reunirse o manifestarse; o quienes coordinaron el lugar y tiempo de la reunión o manifestación; o lideraron, dirigieron, guiaron o estuvieron a la cabeza de la actividad el día de su desarrollo”.
Según los parlamentarios, el proyecto de ley -que es una reforma al Decreto Supremo 1086 (promulgado en 1983) que prohíbe la reunión en lugares públicos sin permiso previo- busca robustecer el papel de las policías en la mantención del orden público.
Sin embargo, es claro que la medida atenta de lleno contra varios derechos civiles consagrados, como la libertad de expresión, “garantizada” por en la Constitución, y criminalizando acciones legitimas que la sociedad civil puede desarrollar en cuanto al poder estatal o cualquier otro poder, como la libertad de reunión, de expresión, de asociación y de circulación.
Desde el punto de vista filosófico y del pensamiento político en general, pasa a llevar la soberanía ciudadana, la autonomía individual y la sociedad civil en cuanto a su relación con el gobierno y el Estado.
Por lo mismo, la advertencia que hacía Tocqueville en cuanto al peligro del despotismo blando en la democracia se hace enormemente pertinente: «Parece que si el despotismo llegase a establecerse en las naciones democráticas de nuestros días, tendría otros caracteres [distintos de los de las sociedades antiguas]: sería más extenso y más suave, y degradaría a los hombres sin atormentarlos».
Claro despotismo blando, porque el proyecto de ley inhibe –no por la fuerza sino mediante la mera amenaza- el actuar público de los ciudadanos y los fuerza a ejercer sus derechos ciudadanos de forma particular y en espacios privados, debilitando entonces el espacio democrático y la capacidad asociativa de los ciudadanos, que para Tocqueville eran clave para prevenir el absolutismo y el despotismo.
Entonces, el espacio público pierde a sus protagonistas (que se ven reducidos a sus quehaceres diarios y particulares) y su esencia –que muy bien describe Hanna Arendt- como núcleo de lo político y como lugar donde los sujetos se encuentran como iguales mediante el diálogo.
El proyecto de ley de alguna forma también cumple con la profecía de Néstor García Canclini, donde los ciudadanos abandonan totalmente esa condición para convertirse exclusivamente en consumidores.
Entonces, y tal como planteaba Tocqueville, el despotismo blando, deja a los hombres sin vínculos comunes, aislados unos de otros y por tanto, débiles e incapaces de proteger su libertad, poniendo en riesgo al sistema democrático, en manos del despotismo.
«Este poder no destruye las voluntades, pero las ablanda, las doblega y las dirige; rara vez obliga a actuar, pero se opone sin cesar a que se actúe; no destruye, pero impide nacer; no tiraniza, pero mortifica, reprime, enerva, apaga, embrutece y, al cabo, reduce a toda la nación a rebaño de animales tímidos e industriosos, cuyo pastor es el gobierno» Alexis de Tocqueville.
En este sentido, sería bueno recordar que tal como el mismo Tocqueville planteaba, no es lo mismo la democracia política en términos formales, donde se eligen los gobernantes mediante el voto, que un estado social democrático.
La primera siempre tiene más riesgo de desarrollar un despotismo blando. El segundo aún no existe en Chile.
El documento establece que “se presumirá que son organizadores y convocantes de una manifestación pública, las personas que comunican a la autoridad administrativa competente la realización de dicha actividad de conformidad a las disposiciones generales de policía. En caso que no haya habido tal comunicación, se presumirá que los organizadores y convocantes de una reunión o manifestación pública, son las personas, naturales o jurídicas, que hayan llamado, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro medio, a reunirse o manifestarse; o quienes coordinaron el lugar y tiempo de la reunión o manifestación; o lideraron, dirigieron, guiaron o estuvieron a la cabeza de la actividad el día de su desarrollo”.
Según los parlamentarios, el proyecto de ley -que es una reforma al Decreto Supremo 1086 (promulgado en 1983) que prohíbe la reunión en lugares públicos sin permiso previo- busca robustecer el papel de las policías en la mantención del orden público.
Sin embargo, es claro que la medida atenta de lleno contra varios derechos civiles consagrados, como la libertad de expresión, “garantizada” por en la Constitución, y criminalizando acciones legitimas que la sociedad civil puede desarrollar en cuanto al poder estatal o cualquier otro poder, como la libertad de reunión, de expresión, de asociación y de circulación.
Desde el punto de vista filosófico y del pensamiento político en general, pasa a llevar la soberanía ciudadana, la autonomía individual y la sociedad civil en cuanto a su relación con el gobierno y el Estado.
Por lo mismo, la advertencia que hacía Tocqueville en cuanto al peligro del despotismo blando en la democracia se hace enormemente pertinente: «Parece que si el despotismo llegase a establecerse en las naciones democráticas de nuestros días, tendría otros caracteres [distintos de los de las sociedades antiguas]: sería más extenso y más suave, y degradaría a los hombres sin atormentarlos».
Claro despotismo blando, porque el proyecto de ley inhibe –no por la fuerza sino mediante la mera amenaza- el actuar público de los ciudadanos y los fuerza a ejercer sus derechos ciudadanos de forma particular y en espacios privados, debilitando entonces el espacio democrático y la capacidad asociativa de los ciudadanos, que para Tocqueville eran clave para prevenir el absolutismo y el despotismo.
Entonces, el espacio público pierde a sus protagonistas (que se ven reducidos a sus quehaceres diarios y particulares) y su esencia –que muy bien describe Hanna Arendt- como núcleo de lo político y como lugar donde los sujetos se encuentran como iguales mediante el diálogo.
El proyecto de ley de alguna forma también cumple con la profecía de Néstor García Canclini, donde los ciudadanos abandonan totalmente esa condición para convertirse exclusivamente en consumidores.
Entonces, y tal como planteaba Tocqueville, el despotismo blando, deja a los hombres sin vínculos comunes, aislados unos de otros y por tanto, débiles e incapaces de proteger su libertad, poniendo en riesgo al sistema democrático, en manos del despotismo.
«Este poder no destruye las voluntades, pero las ablanda, las doblega y las dirige; rara vez obliga a actuar, pero se opone sin cesar a que se actúe; no destruye, pero impide nacer; no tiraniza, pero mortifica, reprime, enerva, apaga, embrutece y, al cabo, reduce a toda la nación a rebaño de animales tímidos e industriosos, cuyo pastor es el gobierno» Alexis de Tocqueville.
En este sentido, sería bueno recordar que tal como el mismo Tocqueville planteaba, no es lo mismo la democracia política en términos formales, donde se eligen los gobernantes mediante el voto, que un estado social democrático.
La primera siempre tiene más riesgo de desarrollar un despotismo blando. El segundo aún no existe en Chile.
