La “casualidad” de compartir la misma sigla se explica, porque la metodología que emplea Transparencia Internacional para establecer el IPC, está basada en encuestas a empresarios y estudios de “analistas”. Y justamente aquí es donde radica el problema de fondo del análisis sobre la corrupción.
1°. La transparencia está en directa relación con el grado de democracia de un país. ¿Cómo va a haber transparencia donde existe un sistema binominal de elecciones, en el que los parlamentarios son prácticamente designados, sin que la ciudadanía tenga mucho que ver en esta designación? En estos días hemos sido testigos que la UDI puso el grito en el cielo, porque su timonel fue “amenazado” de que va a tener que competir en la próxima contienda electoral, si quiere seguir siendo Senador de la República. ¡Pardiez, qué contrariedad!
2°. La corrupción no sólo tiene que ver con problemas de sobornos, licitaciones chuecas, malversación de caudales públicos, desvíos de dineros para campañas políticas, etcétera, etcétera. Por esto mismo, no se soluciona con mayor regulación, pues el que comete un acto de corrupción, sabe perfectamente que está cometiendo un acto ilícito. Lo que pasa, es que el muy pillín cree que no van a cachar sus fechorías. Además, como seguramente es un muy buen cristiano, limpiará sus pecados ante el confesor que, por juramento y doctrina, tendrá que morir pollo.
3°. Si la corrupción no está relacionada sólo con el vil dinero, ¿qué es entonces? La bendita corrupción tiene que ver con la ETICA, así con mayúscula. Y la ética es una sola y desde Aristóteles, pasando por todos lo filósofos hasta nuestros días, es la máxima virtud del ser humano. Se habla de la ética empresarial, de la ética política, de la ética funcionaria, etc., pero todas ellas tienen que ver con la acción humana. Se actúa con ética o sin ella.
4°. Entonces, desde este punto de vista, la corrupción se manifiesta en todo orden de cosas, no solo en el monetario. Las promesas no cumplidas de los candidatos, (que están conscientes que no las van a cumplir), son actos de corrupción, el no cumplimiento del Programa de la Concertación, es un acto de corrupción, los concursos de oposición convocados por las universidades públicas, en innumerables casos han sido actos de corrupción, pues han ocupado las plazas personas cuyo único mérito es su amistad con las autoridades que llamaron a concurso.
5°. Los fundamentalistas del neoliberalismo culpan al Estado de la corrupción. Sin embargo, si vemos el ranking mundial del IPC, no podrán más que reconocer que los diez países con mayor transparencia, son aquellos en que es el Estado el que la lleva. Los Estados Unidos de Norteamérica, tan neoliberal que lo han de ver, ocupa apenas el lugar número veinte (20), sólo un poquito más arriba que Chile (23), ejemplo de neoliberalismo en toda la región, de los cual nos sentimos tan orgullosos.
6° La corrupción tiene que ver con las ideas, con la concepción del mundo. Por eso, cuando un ex político de la Concertación, hoy semiprivatizado, proclamó que se había instalado en Chile, la Ideología de la Corrupción, tenía toda la razón, pero para que esto sucediera, hubo de instalarse primero, la Corrupción de la Ideología.
Post Scriptum: A propósito de la expulsión de José Miguel Vivanco, de Venezuela, y la alharaca que armó nuestra Cancillería, propongo hacerle un gran homenaje de desagravio al señor Vivanco: que el Gobierno de Chile lleve a cabo las recomendaciones enunciadas en el informe elaborado por Human Rights Watch sobre nuestro país en 1998, publicado con el título: Los límites de la tolerancia. Libertad de expresión y debate público en Chile, editado por LOM:
– Derogar algunos artículos del Código Penal , otros del Código de Justicia Militar y otro de la Ley de Seguridad del Estado, todos los cuales penalizan manifestaciones consideradas insultantes u ofensivas para los miembros de las Fuerzas Armadas o las autoridades estatales.
– No se debe procesar a civiles en tribunales militares.
– Se debe introducir legislación que defina secreto militar.
– El gobierno debe garantizar que no se pueda abusar de un recurso de protección contra la violación de un derecho constitucional.
– El gobierno debe revisar las disposiciones vigentes en el Código Penal que permiten a los jueces incautar material publicado o prohibir su publicación tras la presentación de una demanda por injurias o calumnia.
– El gobierno debe suministrar a la judicatura información actualizada sobre las decisiones adoptadas por los organismos internacionales de derechos humanos en relación con la libertad de expresión.
