El 28 de Mayo de 2007 la Corema , presionada por los menores envíos de gas natural de Argentina, le dio rápido curso a la “Solicitud de Autorización Provisoria” presentada a ese cuerpo colegiado por Metrogas, dentro del Estudio de Impacto Ambiental que se estaba tramitando en la instancia sectorial.
Dos días después, es decir, el 30 de Mayo, con algunos vecinos de Peñalolén Alto, denunciamos en la Contraloría General de la República que este proyecto de infraestructura energética era ilegal porque el terreno en donde estaba prevista su instalación está protegido por la regulación urbana. En efecto, el predio cedido por el Ejército a esa empresa privada es un “Área de Preservación Ecológica”, según lo ordenado por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, instrumento urbano normativo vigente desde 1994.
El 21 de Agosto pasado el ente fiscalizador emitió el dictamen Nº 37731, mediante el cual dejó sin efecto la aprobación de la Corema porque en ese frágil territorio no es posible admitir la edificación de esa planta industrial riesgosa para la población aledaña. La regulación vigente dice que en nuestra megalópolis los territorios precordilleranos, unos sobre la cota 900 msnm y otros sobre la 1.000, deben mantenerse en su estado natural para asegurar el equilibrio y calidad del medio ambiente y también con el propósito de preservar el patrimonio paisajístico.
También allí se admiten los desarrollos de actividades amigables con la naturaleza y en tal sentido es posible la ejecución de proyectos científicos, culturales, educativos, recreacionales, deportivos y turísticos, con las instalaciones físicas mínimas para su habilitación. Asimismo en estas tipologías se pueden llevar a cabo actividades agrícolas, pero muy controladas por los servicios dependientes del Ministerio de Agricultura.
Pero un portavoz del Minvu, profesional del influyente grupo Expansiva, que se caracteriza por su excesiva locuacidad, aprovechando las cámaras del canal 13 y una portada de El Mercurio, señaló en días recientes que su ministerio valida la planta en ese lugar y que por ello estaríamos ante una “contienda de competencias entre poderes del Estado” (sic). Y en un arranque de patudez , para darle credibilidad a sus dichos, expresó muy suelto de cuerpo que “los planos reguladores no prohíben la instalación de obras de infraestructura”.
Aparentemente ese funcionario no sabía que todos los órganos de la administración del Estado están obligados a obedecer los dictámenes de la Contraloría y si no están de acuerdo con sus contenidos, sólo pueden pedirle una reconsideración al ente fiscalizador : en ningún caso cabe la contienda de competencia. En cambio Metrogas sí puede recurrir de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del referido dictamen.
Y dentro de las curiosidades del episodio, hemos constatado que las mismas argumentaciones que ha entregado ese vocero del Minvu a la opinión pública, a través de los 2 medios de prensa mencionados, fueron expresadas por el titular del proyecto en la propia Contraloría General, las que fueron desestimadas porque en la Ordenanza respectiva “se precisan las reglas de procedimiento a aplicar, las que en ningún caso pueden desconocer la zonificación prevista, en su caso, en el respectivo instrumento de planificación territorial”. Y resulta que el “Área de Preservación Ecológica” no contempla el uso de suelo infraestructura energética. Así de simple.
Aprovechamos esta tribuna para reconocer el comportamiento desplegado por las comunidades de La Reina y Peñalolén que supieron defender con voluntad sus derechos urbanos, como igualmente sus alcaldes y parlamentarios. A la luz de esta evidencia, lo razonable es que Metrogas inicie a la brevedad la construcción de su planta de respaldo en la comuna de Puente Alto, habida cuenta que este proyecto ya cuenta con una favorable Resolución de Calificación Ambiental de la Corema. Si esta empresa procede en consecuencia, como esperamos, los residentes del sector oriente de Santiago no tendrán problemas con el abastecimiento de este vital combustible el próximo año. Patricio Herman P.
Fundación “Defendamos la Ciudad ”
Y dentro de las curiosidades del episodio, hemos constatado que las mismas argumentaciones que ha entregado ese vocero del Minvu a la opinión pública, a través de los 2 medios de prensa mencionados, fueron expresadas por el titular del proyecto en la propia Contraloría General, las que fueron desestimadas porque en la Ordenanza respectiva “se precisan las reglas de procedimiento a aplicar, las que en ningún caso pueden desconocer la zonificación prevista, en su caso, en el respectivo instrumento de planificación territorial”. Y resulta que el “Área de Preservación Ecológica” no contempla el uso de suelo infraestructura energética. Así de simple.
Aprovechamos esta tribuna para reconocer el comportamiento desplegado por las comunidades de La Reina y Peñalolén que supieron defender con voluntad sus derechos urbanos, como igualmente sus alcaldes y parlamentarios. A la luz de esta evidencia, lo razonable es que Metrogas inicie a la brevedad la construcción de su planta de respaldo en la comuna de Puente Alto, habida cuenta que este proyecto ya cuenta con una favorable Resolución de Calificación Ambiental de la Corema. Si esta empresa procede en consecuencia, como esperamos, los residentes del sector oriente de Santiago no tendrán problemas con el abastecimiento de este vital combustible el próximo año. Patricio Herman P.
Fundación “Defendamos la Ciudad ”
