La demolición del inmueble, ubicado en una Zona Protegida, ejecutada por la empresa que construye el Supermercado en el terreno colindante, se efectuó al margen de lo establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales, en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y en el Plan Regulador Comunal. Esta acción se suma a otras irregularidades que han acompañado sistemáticamente el desarrollo de este proyecto, desde su inicio en el año 2000. Cómo se explica que se desmantele otra vez un inmueble ignorando las normativas y leyes vigentes? Es que aún no se conocen las condiciones de protección específicas para la Zona Típica y la de Conservación Histórica? Pretende la empresa demostrar con este procedimiento una actitud de indiferencia e ignorancia ante la Protección Patrimonial? Intenta con esto imponer un modelo de desarrollo basado en la política de hechos consumados?

Estamos ante una situación de grave incumplimiento legal que genera, en la ciudadanía, interrogantes válidas sobre al manejo y tuición del Sitio del Patrimonio Mundial. La demolición del inmueble deberá ser aclarada ante la opinión pública y ante los organismos internacionales, tanto por los responsables como por las instituciones encargadas, transparentando oportunamente las medidas y sanciones aplicadas.
Equipo coordinador
Ciudadanos por Valparaíso